Desde 2021 las empresas pueden implementar la modadidad de teletrabajo o home office debido a la contingencia generada por la COVID-19.
En la actualidad las medidas para prevenir la propagación del virus SARS-CoV-2 que ocasiona la COVID-19 han cambiado nuestra manera de vivir y trabajar con el propósito de evitar los contagios alrededor del mundo.
La economía de bajo contacto o low touch economy obligó a las empresas a adaptarse a estas medidas mediante el Teletrabajo, también conocido como home office, mismo que está sujeto a una regulación y auditoría por parte de la Secretaría del Trabajo con el fin de asegurar que exista un trabajo digno y seguro para los trabajadores.
Según la Ley Federal del trabajo en su capítulo XII Bis define al teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consisten en el desarrollo de actividades remuneradas fuera de un espacio de trabajo definido por el patrón por lo que no se requiere la presencia física del empleado utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación.
¿Cómo saber si en mi trabajo tengo derecho a hacer teletrabajo?
Es muy importante que esta modalidad venga aclarada en tu contrato toda vez que muchos empleos, por la contingencia presentada el año pasado, tuvieron que migrar a esta nueva modalidad.
Esto no quiere decir que si actualmente laboras desde casa, lo seguirás haciendo cuando termine la pandemia, todo lo contrario, la ley aclara también que el cambio es completamente reversible según su artículo 330-G donde se indica que el cambio de trabajo presencial a teletrabajo es completamente voluntario y también es reversible, asimismo, este artículo marca las pautas, tiempos y mecánicas que se pueden pactar entre empresa y trabajador para llevar a cabo este cambio.
Si estás en búsqueda de trabajo o bien ya estás en el proceso de contratación, debes poner atención al leer la modalidad en que se te contrata, así como horas de trabajo y en este punto vale la pena hacer una pausa, ya que hay muchos mitos sobre el teletrabajo y uno de ellos es trabajar horas extra sin remuneración.
Esto también este marcado en la ley en su articulo 330-H en donde señala como deber del patrón promover un equilibrio en la vida de sus trabajadores, así como promover la capacitación del personal y su crecimiento dentro de la empresa, con esto se busca que se respete el derecho de desconexión de los trabajadores al término de su jornada.
Otro de los puntos importantes que debes tomar en cuenta al tomar teletrabajo, es que puedes llegar a ser supervisado, esto con el fin de que las empresas puedan corroborar que los empleados están trabajando en las horas señaladas.
No obstante, esta supervisión respete la privacidad de los empleados, y para ello, la Ley Federal de Trabajo en su articulo 330-I estipula que micrófonos y cámaras para supervisar el teletrabajo serán de manera “extraordinaria” o en su caso sea necesario para la actividad que los trabajadores.
Si hasta ahora, la empresa donde laboras no ha implementado la modalidad de teletrabajo, es posible que sea debido a que aún no cumple con todos los requisitos que marca la norma, ya que estas modificaciones se hicieron publicas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero del 2021, por lo que las normas oficiales referentes a los riesgos laborales aún no están dictaminadas y la Secretaría del Trabajo tiene 18 meses a partir de la fecha antes mencionada para estipular cuales son los riesgos y medidas que se deben cuidar con el fin de proteger a los trabajadores en esta modalidad.